El nuevo esquema tarifario que medirá el consumo mensual se aplicará a partir de octubre
El Ministerio de Energía
Eléctrica acordó flexibilizar las medidas de ahorro de energía eléctrica
para los consumidores residenciales de seis estados del país, a través
de la reforma parcial de la Resolución 74, emitida originalmente por ese
despacho el 13 de junio de este año.
La decisión, publicada en la
Gaceta Oficial 39.759 y que
entrará en vigencia el 1 de octubre, modifica los topes de consumo para
los habitantes de los estados Nueva Esparta, Zulia, Falcón, Lara,
Aragua y Vargas. El Distrito Metropolitano permanece inalterable en sus
parámetros iniciales.
En la primera resolución se establecían descuentos o recargos
para los suscriptores de Margarita, en función de un máximo de consumo
eléctrico igual o superior a 800 kilovatios hora al mes (Kwh mes) y
para los usuarios del estado Zulia, de 1.200 Kwh/mes. Pero con la nueva
normativa oficial esas franjas se mueven a 1.000 Kwh/mes y a 1.500
Kwh/mes, respectivamente.
En el caso de Falcón, Lara, Aragua y Vargas, que contaban con un
tope igual o superior de 500 Kwh/mes para ser beneficiados o pechados,
de acuerdo a la disposición, ahora se deslizan a 800 Kwh/mes.
Caracas se mantiene con una tasa de 500 Kwh/mes junto a Táchira, Mérida, Trujillo, Miranda y Yaracuy.
Asimismo los estados Carabobo, Portuguesa, Cojedes, Apure,
Barinas, Sucre, Delta Amacuro, Amazonas, Guárico, Bolívar, Monagas y
Anzoátegui conservan la tasa de medición del consumo residencial en
torno a los 800 Kwh/mes, tal como lo refería la anterior resolución
ministerial.
En el bolsillo
La resolución gubernamental puntualiza que el esquema
tarifario mensual diseñado por la Corporación Eléctrica Nacional
(Corpoelec) comparará el consumo mensual a ser evaluado a partir de
octubre, con el mayor valor entre el consumo facturado en el mismo mes
de 2009 y el consumo promedio mensual facturado en ese año.
En función de ello, el despacho también modificó los alcances y
limitaciones de los incentivos (descuentos y recargos/contribuciones)
que serán aplicados a los inmuebles de los venezolanos por factura
eléctrica. El artículo 4, anteriormente con cinco categorías, adiciona
un sexto cargo, a través del cual se establece "un recargo de 50% para
los usuarios residenciales que sin aumentar su consumo no logren al
menos una disminución de su consumo de energía eléctrica del 10%".
La resolución 74 disponía "una contribución de 75% sobre la
facturación mensual para los usuarios residenciales que no logren al
menos una disminución de su consumo del 10%; la nueva norma establece
"un recargo de 75% para los usuarios residenciales que incrementen su
consumo eléctrico hasta un 9,99%".
Quedan sin variación los recargos de 100% para los usuarios
que incrementen su factura eléctrica entre 10% y 20%y los recargos de
200% para los hogares que eleven su consumo en más de un 20%
En cuanto a los descuentos no se produjeron alteraciones en
esas categorizaciones. Se mantienen, en consecuencia, descuentos de 50%
para usuarios residenciales que disminuyan su consumo eléctrico a
partir del 20%; y un descuento del 25% para aquellos que rebajen la
factura entre un 10% y 19,9%.
fuente: EL UNIVERSAL
martes 20 de septiembre de 2011 12:00 AM